El Control Social tiene definido sus fines, principios, atribuciones, derechos, obligaciones y formas del ejercicio de sus funciones, en aplicación de los Artículos 241 y 242 de la Constitución Política del Estado y la Ley 341 de Participación y Control Social.
La Ley 341 promulgada a nivel nacional el 21 de febrero de 2013 y en fecha 13 de octubre del mismo año, el Gobierno autónomo Municipal de Guayaramerín emitió la Ley Municipal Nº 002/2013, con el objetivo de establecer el marco normativo para el ejercicio de la Participación y Control Social en la jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de Guayaramerín.
El Directorio del Control Social del Municipio de Guayaramerín está conformado por las siguientes personas en representación de organizaciones sociales e instituciones.
Presidenta Sra. Melva Mendez Abariojo en representación de las personas con discapacidad.
Tesorero Sr. Guillermo Loras Rivero en representación del Sindicato de
Trabajadores en Prensa Radio y Televisión de Guayaramerín.
Vocal 1 Sra. Ursina Olmos Melgar en representación de la COR (Central Obrera Regional).
Vocal 2 Max Lucio Junngermann Flores en representación del Adulto Mayor
REUNIÓN CON LA DIRECTIVA DE LA JUNTA DE DISTRITO DE PADRES DE FAMILIA
El Secretario Técnico de Planificación y Desarrollo Ing. J. Alejandro Chávez Salinas y el responsable de alumbrado público Sr. Ottomar Ayala Torrez